Conoce los requisitos y el proceso de calificación para propietarios de grupos electrógenos privados que deseen participar en el esquema de generación de emergencia en condiciones de déficit o racionamiento eléctrico.
Un GEE es un equipo que genera electricidad mediante un motor de combustión interna y puede utilizarse para autoabastecer total o parcialmente una instalación cuando existe déficit de generación o racionamiento de energía eléctrica.
El esquema está dirigido a propietarios privados de grupos electrógenos que cumplan las condiciones técnicas y comerciales previstas en la regulación.
El propietario del grupo electrógeno puede solicitar su calificación ante la empresa distribuidora correspondiente a su área de servicio.
El GEE debe contar con una potencia nominal mínima de 100 kW. La capacidad máxima aplicable será determinada por la empresa distribuidora.
El esquema regulado aplica a propietarios que no utilicen diésel subsidiado para la operación de los grupos electrógenos.
La regulación contempla requisitos diferenciados según la forma en que el GEE se relaciona con la red.
Debe disponer de horómetro, sistema de medición de generación M2 y un sistema de desconexión que permita el autoabastecimiento total o parcial sin operar sincronizado con la red eléctrica.
El sistema de medición deberá permitir registrar la generación y cumplir las condiciones técnicas establecidas por la distribuidora.
Además de los sistemas de medición M1 y M2, el GEE debe disponer de equipos de protección y seccionamiento que permitan una sincronización segura con la red.
ELEPCOSA deberá verificar la calibración y coordinación de las protecciones correspondientes.
El proceso inicia con la presentación de la solicitud ante ELEPCOSA y continúa con la inspección física y evaluación técnica del GEE.
Utiliza el formulario establecido en el Anexo 3 de la Regulación ARCONEL-003/24 e incluye la información técnica solicitada.
Remite la solicitud y documentación correspondiente a ELEPCOSA mediante el canal institucional habilitado.
ELEPCOSA realizará una inspección física para verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas y, cuando corresponda, proceder al sellado del sistema de medición.
Luego de la inspección se emitirá el informe técnico. Si el resultado es favorable, ELEPCOSA otorgará la calificación correspondiente como Generador de Emergencia.
El proceso contempla términos específicos para la inspección, emisión del informe y subsanación de observaciones.
Término posterior a la recepción de la solicitud para realizar la inspección física.
Término posterior a la inspección para emitir el informe correspondiente.
En caso de observaciones, el solicitante dispone de hasta cinco días para subsanarlas.
Consulta el marco regulatorio, la guía gráfica y el formulario oficial para iniciar el trámite.
Consulta la regulación completa sobre la operación técnica y comercial de Grupos Electrógenos de Emergencia.
Abrir regulación Guía visualConsulta el material gráfico preparado para facilitar la comprensión del esquema de Grupos Electrógenos de Emergencia.
Ver infografía Anexo 3Accede al formulario tipo para la calificación de Generador de Emergencia incluido oficialmente en la Regulación ARCONEL-003/24.
Consultar formularioUna vez completada la documentación, remite la solicitud para el proceso de calificación de Grupos Electrógenos de Emergencia al correo institucional habilitado.