Generación de emergencia

Grupos Electrógenos de Emergencia – GEE

Conoce los requisitos y el proceso de calificación para propietarios de grupos electrógenos privados que deseen participar en el esquema de generación de emergencia en condiciones de déficit o racionamiento eléctrico.

¿Qué es un Grupo Electrógeno de Emergencia?

Un GEE es un equipo que genera electricidad mediante un motor de combustión interna y puede utilizarse para autoabastecer total o parcialmente una instalación cuando existe déficit de generación o racionamiento de energía eléctrica.

Requisito mínimo 100 kW La Regulación ARCONEL-003/24 establece una potencia nominal mínima de 100 kW para participar en este esquema.

¿Quién puede participar?

El esquema está dirigido a propietarios privados de grupos electrógenos que cumplan las condiciones técnicas y comerciales previstas en la regulación.

01

Personas naturales o jurídicas

El propietario del grupo electrógeno puede solicitar su calificación ante la empresa distribuidora correspondiente a su área de servicio.

02

Potencia mínima de 100 kW

El GEE debe contar con una potencia nominal mínima de 100 kW. La capacidad máxima aplicable será determinada por la empresa distribuidora.

03

Combustible sin subsidio

El esquema regulado aplica a propietarios que no utilicen diésel subsidiado para la operación de los grupos electrógenos.

Condiciones técnicas

La regulación contempla requisitos diferenciados según la forma en que el GEE se relaciona con la red.

Modalidad 1

Sin sincronismo con la red

Debe disponer de horómetro, sistema de medición de generación M2 y un sistema de desconexión que permita el autoabastecimiento total o parcial sin operar sincronizado con la red eléctrica.

El sistema de medición deberá permitir registrar la generación y cumplir las condiciones técnicas establecidas por la distribuidora.

Modalidad 2

Con sincronismo con la red

Además de los sistemas de medición M1 y M2, el GEE debe disponer de equipos de protección y seccionamiento que permitan una sincronización segura con la red.

ELEPCOSA deberá verificar la calibración y coordinación de las protecciones correspondientes.

Calificación

¿Cómo realizar el trámite?

El proceso inicia con la presentación de la solicitud ante ELEPCOSA y continúa con la inspección física y evaluación técnica del GEE.

1
Completa la solicitud

Utiliza el formulario establecido en el Anexo 3 de la Regulación ARCONEL-003/24 e incluye la información técnica solicitada.

2
Presenta la documentación

Remite la solicitud y documentación correspondiente a ELEPCOSA mediante el canal institucional habilitado.

3
Inspección de las instalaciones

ELEPCOSA realizará una inspección física para verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas y, cuando corresponda, proceder al sellado del sistema de medición.

4
Informe y calificación

Luego de la inspección se emitirá el informe técnico. Si el resultado es favorable, ELEPCOSA otorgará la calificación correspondiente como Generador de Emergencia.

Plazos establecidos en la regulación

El proceso contempla términos específicos para la inspección, emisión del informe y subsanación de observaciones.

3 días

Inspección

Término posterior a la recepción de la solicitud para realizar la inspección física.

2 días

Informe

Término posterior a la inspección para emitir el informe correspondiente.

5 días

Subsanación

En caso de observaciones, el solicitante dispone de hasta cinco días para subsanarlas.

Documentación y recursos

Consulta el marco regulatorio, la guía gráfica y el formulario oficial para iniciar el trámite.

Presentación de solicitudes

Envía tu solicitud a ELEPCOSA

Una vez completada la documentación, remite la solicitud para el proceso de calificación de Grupos Electrógenos de Emergencia al correo institucional habilitado.

Importante: la participación bajo este esquema es voluntaria y está sujeta al cumplimiento de las condiciones técnicas, comerciales y operativas establecidas en la Regulación ARCONEL-003/24 y a la correspondiente calificación por parte de la empresa distribuidora.