Un Sistema de Generación Distribuida para Autoabastecimiento (SGDA), es un conjunto de equipos para la generación de energía eléctrica que aprovechan un recurso energético renovable no convencional para el autoabastecimiento de Consumidores Finales, y que se conectan a una red de distribución, ejemplo Paneles Solares.
Modalidad 1a y 2a
Carta a la máxima autoridad solicitando la factibilidad.
Completar formulario denominado Solicitud de Factibilidad de Conexión de un SGDA (ANEXO A de la Regulación Nro. ARCONEL-005/24 codificada.)
Delegación por escrito para la ejecución de los trámites a un representante técnico.
Modalidad 1b y 2b
Carta a la máxima autoridad solicitando la factibilidad.
Completar formulario denominado Solicitud de Factibilidad de Conexión de un SGDA (ANEXO A de la Regulación Nro. ARCONEL-005/24 codificada.)
Por escrito se debe realizar la delegación para la ejecución de los trámites a un representante técnico.
Carta a la máxima autoridad solicitando la factibilidad.
Completar formulario denominado Solicitud de Factibilidad de Conexión de un SGDA (ANEXO A de la Regulación Nro. ARCONEL-005/24 codificada).
Delegación por escrito para la ejecución de los trámites a un representante técnico.
Una copia de la designación del Representante Legal, debidamente inscrita conforme a lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal y su reglamento. En caso de que todas las cuentas contrato estén a nombre de un solo propietario no se requerirá este requisito.
Cuando corresponda, nombre completo o razón social de todos los condóminos, cédula o RUC, domicilio y cuenta contrato.
Autorización del propietario bien inmueble o del Representante Legal para la instalación del SGDA (requisito sólo para la modalidad 1b).
Porcentaje de asignación de la energía eléctrica producida por el SGDA para cada Consumidor Regulado. El porcentaje de asignación debe ser definido por el Representante Legal o por el propietario del bien inmueble, según corresponda. Los porcentajes deberán sumar 100% y podrán ser actualizados cada seis meses.
Modalidad 2c
Carta a la máxima autoridad solicitando la factibilidad.
Completar formulario denominado Solicitud de Factibilidad de Conexión de un SGDA (ANEXO A de la Regulación Nro. ARCONEL-005/24 codificada.)
Delegación por escrito para la ejecución de los trámites a un representante técnico.
Carta a la máxima autoridad solicitando la factibilidad.
Completar formulario denominado Solicitud de Factibilidad de Conexión de un SGDA (ANEXO A de la Regulación Nro. ARCONEL-005/24 codificada).
Delegación por escrito para la ejecución de los trámites a un representante técnico.
Cuando son personas jurídicas, la razón social de todos los Consumidores Regulados que se beneficiarán de la producción del SGDA, domicilio, y los números de las cuentas contrato. Los Consumidores Regulados asociados al SGDA deberán tener el mismo RUC en su Cuenta Contrato.
Cuando es una persona natural, los números de las cuentas contrato que se van a asociar al SGDA, pertenecientes a la misma persona natural.
Porcentaje de asignación de la energía eléctrica producida por el SGDA para cada cuenta contrato. El porcentaje de asignación debe ser definido por el Representante Legal o por el propietario del bien inmueble, según corresponda. Los porcentajes deberán sumar 100% y podrán ser actualizados cada seis meses.
Obtención del Certificado de Habilitación (SGDA)
Carta a la máxima autoridad solicitando emitir el certificado de habilitación.
Completar formulario denominado CERTIFICADO DE HABILITACIÓN DE UN SGDA (ANEXO B de la Regulación Nro. ARCONEL-005/24 codificada).
Ubicación del inmueble donde se va a instalar el SGDA.
Documento que acredite la propiedad o posesión legítima del inmueble donde se va a instalar el SGDA; o, en su defecto el contrato de arrendamiento, comodato o anticresis notariado del inmueble donde se va a instalar el SGDA; o, autorización del propietario del inmueble para la instalación del SGDA.
Memoria técnica del proyecto que incluya:
Dimensionamiento del SGDA;
Especificaciones del equipamiento del SGDA;
Existencia de Consumo de Servicios Auxiliares para Autoabastecimiento;
Diagrama unifilar de la instalación;
Diseño de las obras y/o adecuaciones a la red de distribución que se deberán implementar para poder conectar el SGDA;
Esquema de conexión, seccionamiento y protecciones;
Cronograma de ejecución del proyecto;
En los casos que corresponda, la autorización del uso del agua emitido por la autoridad competente;
Presentación de comprobante de pago para FACT de CAT 2.
NOTA: Por una sola vez dentro del plazo de vigencia de la Factibilidad de Conexión y antes de iniciar el trámite para obtener el Certificado de Habilitación para trámites con SGDA de Categoría 2, los Consumidores Regulados o el Representante Legal o el representante técnico pagarán a ELEPCOSA un monto calculado usando lo normado en la Regulación Nro. ARCONEL-005/24 por concepto de las siguientes actividades: trámites para obtener la Factibilidad de Conexión (incluye estudios eléctricos), Certificado de Habilitación, inspección y pruebas del SGDA.
CONEXIÓN DEL SGDA
Cuando los Consumidores Regulados sean los propietarios del SGDA y del Campo de Conexión para Autoabastecimiento, de deberá entregar a la ELEPCOSA antes del inicio de operación del SGDA, una declaración juramentada u otro documento que acredite la propiedad individual, conjunta, según corresponda, independiente si el SGDA y el Campo de Conexión para Autoabastecimiento fueron financiados con recursos propios o través de un tercero. Considerar los expuesto en el Artículo 8, literal “b” de la regulación ARCONEL 005/24 codificado.
Con la emisión del “Certificado de Habilitación”, el Consumidor Regulado inicia la instalación del SGDA, cumpliendo con el cronograma presentado y avalado por ELEPCOSA. En caso de que se produzcan eventos de fuerza mayor o caso fortuito que provoquen retrasos en la instalación del SGDA, instalación de los equipos del campo de conexión, o inicio de operación del SGDA; el Consumidor Regulado solicita antes de la fecha de terminación del cronograma, la extensión del plazo para el inicio de la operación a través del Sistema de Gestión Documental Quipux, anexando los justificativos pertinentes.
Solicitar en cualquier agencia de ELEPCOSA el cambio de medidor, esto implica que ELEPCOSA instalará un medidor bidireccional en reemplazo del que actualmente registra el consumo, a fin de obtener la energía que inyecta a la Red y liquidar en la factura final. Requisito cédula de identidad del consumidor.
Cabe señalar que el costo del medidor bidireccional será cancelado por el consumidor en los términos que se establezcan en común acuerdo con ELEPCOSA.